En la sesión ordinaria del jueves 22 de mayo, se aprobó la ley de segunda lectura que establece la obligatoriedad de incorporar mecanismos y artefactos que tiendan a un uso racional del agua y la energía en locales o edificios públicos, comerciales e industriales. En tanto, se estableció el poder de policía en los cementerios de la Ciudad de Buenos Aires y se votó la desafectación del inmueble situado en Carlos Pellegrini 313-323.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dio aprobación definitiva a una ley que establece la obligatoriedad de incorporar mecanismos y artefactos que tiendan a un uso racional del agua y la energía en los baños públicos.
“Los servicios sanitarios públicos son un compilado de todo lo que no debe hacerse para evitar los derroches: sistemas de iluminación encendidos sin que haya usuarios, las griferías de volantes con pérdidas permanentes "per se" o por mal uso, y los depósitos de mingitorios automáticos por desborde que derrochan agua potable, aún sin que los artefactos se utilicen”, expresaron los fundamentos del proyecto.
La iniciativa de los diputados Karina Spalla y Helio Rebot (PRO) además propone soluciones simples, de muy bajo impacto económico y con un altísimo grado de ahorro de recursos que redundará en beneficio para toda la sociedad. “Los baños públicos deberán contar con la cartelería de indicación de uso para informarle al usuario de un correcto empleo de los depósitos sanitarios para evitar el derroche de agua”, remarcó la coautora.
El control automático del sistema lumínico, de griferías, de lavabos y mingitorios y la incorporación de mecanismos de descarga controlada en inodoros son algunas de las disposiciones que establece la ley para que se cumplan con los servicios mínimos de salubridad en los locales o edificios públicos, comerciales e industriales. Los establecimientos existentes que cuenten con estos servicios deberán adecuarse a la nueva normativa en un plazo máximo de 48 meses de sancionada. La ley forma parte de una tarea de cuidado de medio ambiente a través de acciones cotidianas que involucren a toda la sociedad y que conduzcan a la toma de conciencia y al cambio de conductas. La votación en general resultó de 47 votos positivos y la única abstención fue del diputado Marcelo Ramal (FIT).
Establecieron el poder de policía de la ciudad en cementerios
Mediante una ley se estableció el poder de policía de la Ciudad de Buenos Aires en materia mortuoria, en lo que respecta a la inhumación y cremación de cadáveres, así como en el ordenamiento de los servicios funerarios a cargo de empresas que operan en el rubro, y el control del funcionamiento de los velatorios. Además, se introducen modificaciones al régimen jurídico actual en virtud de la constante evolución que experimenta la sociedad en general y el Estado local en particular, con la finalidad de agilizar la gestión de los trámites que deben realizar los vecinos.
El expediente 788-2013 propiciado por el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, entre los principales puntos plantea redefinir y adecuar la facultad para transferir los derechos sobre nichos, sepulturas y bóvedas, bajo determinadas circunstancias y mediante la expresa voluntad del arrendatario o concesionario. Por otra parte, modifica los plazos para el arrendamiento de nichos y sepulturas con el objeto de adaptar la normativa a las presentes necesidades de la sociedad y la disponibilidad de los cementerios. También se creó un registro de concesiones y arrendamientos para el debido resguardo de los datos correspondientes a las concesiones de bóvedas y panteones y el arrendamiento de nichos y sepulturas.
La Ley, que cuenta con 143 artículos y una cláusula transitoria, introduce un capítulo referido a los monumentos históricos para los cuales se fijan pautas de resguardo y la consideración de sus cualidades edilicias o constructivas con la intervención de la Comisión de Preservación del Patrimonio Histórico y Cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, se instauró un régimen de ordenamiento de las actividades culturales y turísticas en los cementerios con la prevención de un fondo de garantía turística destinado al mantenimiento y conservación del patrimonio arquitectónico, histórico y cultural.
En los fundamentos se señaló que la propuesta tiende a garantizar la dignidad en el trato y respeto del difunto y los deudos, resguarda la oportunidad de entierro digno para todos los habitantes de la Ciudad, asegura el respeto por la diversidad de cultos, religiones, las costumbres y creencias, promueve el mantenimiento de la Higiene Ambiental, realza el valor patrimonial y cultural de las Necrópolis del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e incentiva y propende a mejorar la calidad en las prestaciones de los servicios funerarios públicos y privados.
La norma con texto consensuado se aprobó en general con 58 votos positivos y por separado se votó el artículo 15 referido a la transferencia por causa de muerte del arrendatario de los nichos o sepulturas, recibiendo 50 afirmativos y 8 abstenciones.
Desafectación de inmueble en el barrio de Monserrat
El Cuerpo parlamentario de la Ciudad de Buenos Aires aprobó en forma definitiva el despacho Nº 0177/14 emitido por la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria para desafectar del dominio público el inmueble de Carlos Pellegrini Nº 313/317/321/323 y lo declara innecesario para su gestión. Propiciado por el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, el texto consensuado antes tuvo aprobación inicial y fue debatido en Audiencia Pública. Un despacho de minoría del diputado Gustavo Vera (VA) propuso el archivo argumentando que la propiedad del terreno debe ser mantenida por la Ciudad; en el mismo sentido en el recinto se expresó su par Marcelo Ramal (FIT).
El producido de la venta del inmueble será destinado a la construcción de una nueva centralidad administrativa de oficinas del Ministerio de Salud, ubicado en las avenidas Amancio Alcorta 2101 y Vélez Sarsfield 405. Los fundamentos sostienen que permitirá al Poder Ejecutivo reubicar a las dependencias del Ministerio de Salud de manera eficiente y mediante un mecanismo de financiación que no compromete el presupuesto ni aumenta las cargas de los contribuyentes. Y por otro lado, que el traslado de las dependencias se enmarca dentro de las políticas de descentralización de la Ciudad y desarrollo de la zona sur, contribuyendo a descomprimir el microcentro.
El diputado Alejandro García (PRO) destacó la incorporación de dos cláusulas transitorias que se refieren a que "el Poder Ejecutivo remitirá a las paritarias centrales el otorgamiento de un suplemento especial a todos los trabajadores asignados con tareas en el edificio" y que "en el caso de que resulte un excedente económico correspondiente a la enajenación el mismo se destinará a obras de infraestructura escolar en la Comuna 4 - Barracas".
El 12 de marzo del corriente año en la Audiencia Pública el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud expuso sobre distintos aspectos de la ley y la dificultad de tener las actividades del ministerio distribuido en distintos edificios. El objetivo de la enajenación del inmueble donde funciona la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, y las Direcciones Generales que de la misma dependen es el de afectar el producido de su venta a la construcción de una nueva centralidad administrativa de oficinas del Ministerio de Salud.
La aprobación en segunda lectura que según el art. 82, inc. 4 de la Constitución local requería 40 votos, recibió 45 positivos, 8 negativos (VA, SUMA+, IP, FIT) y 3 abstenciones (NE).
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El Cuerpo Parlamentario alzó sus manos para votar despachos de ley sin observaciones
El diputado Helio Rebot (PRO) fue uno de los impulsores de la Ley que regula el uso del agua y energía en los baños públicos
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